¿Cómo tener garantías de que tu empresa cumple con los derechos y obligaciones que dictan las leyes y normas laborales? Uno de los instrumentos esenciales para conseguirlo son las comisiones mixtas. En tanto, forman parte del sistema de cumplimiento laboral que debe implementar toda organización.
Pero, ¿qué son las comisiones mixtas? ¿Qué tipos hay? ¿Qué debes tener en cuenta para constituirlas en tu compañía? Descubre todo ello y mucho más en este artículo.
Tabla de contenidos
- ¿Qué son las comisiones mixtas?
- ¿Cuáles son las 5 comisiones mixtas?
- ¿Cómo se constituyen las comisiones mixtas?
- ¿Qué sanciones existen para las empresas que no constituyan comisiones mixtas?
- ¿Qué importancia tienen las comisiones mixtas?
- Mantén a tu empresa al día con la legislación laboral mexicana con ayuda Factorial
¿Qué son las comisiones mixtas?
Las comisiones mixtas son entidades que funcionan en el interior de las organizaciones con una misión concreta: velar por el cumplimiento de los derechos de los trabajadores y, por tanto, las obligaciones de los empleadores.
Estas comisiones han sido establecidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y por la Ley Federal del Trabajo (LFT). En esta legislación las comisiones surgen como organismos obligatorios que deben existir en los centros de trabajo del país con el fin de salvaguardar derechos específicos y vigilar el cumplimiento de las diversas responsabilidades patronales y normas de trabajo.
Así, las comisiones mixtas son organismos o entidades bipartitas formadas por representantes de las dos partes de la relación laboral. Es decir, representantes del patrón y del trabajador. De ahí su carácter “mixto”.
Quienes integran las comisiones mixtas tendrán la labor de vigilar el cumplimiento de los distintos aspectos que constituyen a las relaciones de trabajo dentro de las empresas mexicanas.
Claro que esto no quiere decir que las organizaciones del país no deban responder ante otras autoridades en materia laboral. La creación de comisiones mixtas se lleva a cabo con el objeto de observar el cumplimiento laboral desde el interior de los espacios de trabajo, con la perspectiva tanto del empleador, como de los colaboradores.
¿Cuáles son las 5 comisiones mixtas?
La legislación mexicana contempla distintos tipos de comisiones mixtas. Para cada una de ellas, se establecen características o funciones específicas a contemplar.
Así, las comisiones mixtas que debe tener tu empresa son 5 y se las reconoce del siguiente modo:
- Comisión mixta de Seguridad e Higiene en el trabajo.
- Comisión de Capacitación y Adiestramiento.
-
- Comisión mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas.
- Comisión Mixta para la Elaboración del Cuadro General de Antigüedades.
- Comisión Mixta para la Elaboración del Reglamento Interior de Trabajo.
A continuación, te explicamos cuáles son las características de los distintos tipos de comisiones mixtas.
1- Comisión mixta de Seguridad e Higiene en el trabajo
Esta comisión está regulada por las siguientes normas:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, apartado A, fracción XV.
- Ley Federal del Trabajo, artículos 134, fracción IX, 509 y 510.
- Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, artículos 7, fracción IV, 8 fracción II y 9.
- Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2011, constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene.
La Constitución establece la obligación de los empleadores de observar los preceptos legales sobre seguridad e higiene en su establecimiento y adoptar las medidas adecuadas para prevenir accidentes laborales. Así como a organizar las labores de tal manera que se garantice la salud del personal.
La LFT determina que “en cada empresa o establecimiento se organizarán comisiones de seguridad e higiene compuestas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan”.
Por su parte, el Reglamento establece que, además de constituir la comisión de seguridad e higiene, las empresas deben dar facilidades para su operación. Es decir, información que este organismo necesite y herramientas para hacer más eficiente su labor.
Sumado a esto, la NOM-019-STPS-2011 obliga a los patrones a proveer los medios necesarios para que estas comisiones puedan consultar los apoyos digitales desarrollados por la Secretaria de Trabajo y Previsión Social (STPS) y así identificar la normatividad aplicable al centro de trabajo, evaluar el cumplimiento de la misma y elaborar programas acordes a ello.
Las funciones de esta comisión mixta son:
- Verificar, mediante observaciones o documentación, las condiciones de seguridad e higiene de la empresa.
- Vigilar el cumplimiento de las normas aplicables a la seguridad e higiene en los establecimientos.
- Fomentar e implementar medidas para prevenir accidentes y enfermedades laborales.
2- Comisión de Capacitación y Adiestramiento
Otra de las comisiones mixtas obligatorias para tu empresa es la de Productividad, Capacitación y Adiestramiento. Esta se encuentra regulada por las siguientes disposiciones legales:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, apartado A, fracción XIII.
- Ley Federal del Trabajo, artículos 153-E y 153-F.
La Constitución establece que las empresas están obligadas a proporcionar a sus empleados capacitación o adiestramiento para el trabajo. Para garantizar este derecho, en la LFT se determinan las condiciones en las que se debe cumplir con esta obligación.
En principio, en el artículo 153-A de esta norma se indica que los patrones tienen la obligación de proporcionar a todos los trabajadores, y éstos a recibir, capacitación o adiestramiento para elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad. Esto conforme a los planes y programas formulados, de común acuerdo, por el empleador y el sindicato o la mayoría de sus trabajadores.
Para garantizar su cumplimiento en el artículo 153-E se establece que las empresas que tengan más de 50 empleados deben constituir Comisiones mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad. Estas se deben integrar con igual número de representantes de los trabajadores y de los patrones.
Aquí mismo se detallan las funciones de esta comisión:
- Vigilar, instrumentar, operar y mejorar los sistemas y programas de capacitación y adiestramiento.
- Proponer cambios en la maquinaria, equipos, organización del trabajo y las relaciones laborales. Esto para alcanzar mejores prácticas tecnológicas y organizativas que permitan incrementar la productividad laboral.
- Fomentar medidas acordadas por el Comité Nacional y los Comités Estatales de Productividad e impulsar así la capacitación, medir y elevar la productividad y garantizar el reparto equitativo de sus beneficios.
- Vigilar el cumplimiento de los acuerdos de productividad.
- Resolver objeciones que presenten los trabajadores por la distribución de los beneficios de la productividad.
3- Comisión mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas
En el caso de la comisión mixta para la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas, la legislación que la regula es la siguiente:
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 123, apartado A, fracción IX.
- Ley Federal del Trabajo, artículo 125, fracción I.
La CPEUM establece que los trabajadores tienen derecho a una participación en las utilidades de las empresas. En la LFT se respalda esto indicando que para determinar la participación de cada empleado en el reparto de utilidades, es necesario crear una comisión integrada por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón. Es decir, una comisión mixta.
Esta será la encargada de formular un proyecto para determinar la participación de cada trabajador en relación a este beneficio. Para ello, la comisión se basará en la información que le provea el empleador, como la lista de asistencia de los colaboradores y el resto de datos de los que disponga.
Este proyecto debe quedar visible en el establecimiento. Pero lo cierto es que actualmente hay muchas herramientas digitales que sirven para dinamizar el envío y entrega de información y facilitar la comunicación en la empresa.
Incluso antes de llegar a este punto, con la herramienta de reloj checador tienes la posibilidad de hacer un seguimiento detallado de la asistencia de tus colaboradores al trabajo. Luego, a partir de estos datos puedes entregar información más confiable a la comisión mixta para que pueda crear el proyecto.
Una vez que los trabajadores tomen conocimiento de la iniciativa, podrán dar su feedback e incluso proponer ajustes al proyecto. En caso de que se avance con este, la comisión mixta tendrá que vigilar que la empresa pague las utilidades conforme al proyecto realizado y de acuerdo con el plazo establecido en la LFT.
4- Comisión Mixta para la Elaboración del Cuadro General de Antigüedades
Otra de las comisiones mixtas obligatorias es aquella destinada a la elaboración del Cuadro General de Antigüedades. La norma que regula esta comisión es:
- Ley Federal del Trabajo. Artículo 158.
En este se establece: “Los trabajadores de planta y los mencionados en el artículo 156 (trabajadores temporales) tienen derecho en cada empresa o establecimiento a que se determine su antigüedad”.
Además, en este artículo también se agrega que una comisión integrada con representantes de los trabajadores y del empleador será la encargada de formular el cuadro general de las antigüedades. Este debe estar distribuido por categorías de cada profesión u oficio y se le debe dar difusión en la empresa para que todos estén al tanto.
Por ello, debe fijarse en un lugar visible en el centro de trabajo o en el sistema de comunicación interna utilizado por la empresa. El objetivo es que el personal tenga conocimiento de los períodos de servicios que el empleador les está reconociendo.
En caso de que los colaboradores no estén conformes con la información que refleja este cuadro podrán presentar objeciones ante la comisión y recurrir al Tribunal para llegar a una resolución.
Para que tengas en cuenta, este documento debe incluir los siguientes datos de cada colaborador:
- Nombre completo.
- RFC.
- Fecha de ingreso.
- Categoría o puesto ocupado.
- Número de Seguridad Social.
- Antigüedad en la compañía.
- Periodo vacacional que puede disfrutar.
5- Comisión Mixta para la Elaboración del Reglamento Interior de Trabajo
Finalmente, la quinta de las comisiones mixtas obligatorias en las empresas mexicanas está destinada a la elaboración del Reglamento Interior de Trabajo (RIT). La legislación que la regula es:
- Ley Federal del Trabajo, artículo 424.
En esta norma se indica que el Reglamento debe ser creado por una comisión mixta de representantes de los trabajadores y del patrón. Además, es la propia comisión la que debe aprobarlo.
De esta forma, los representantes de cada una de las partes lo firmarán y dentro de los 8 días siguientes a su firma, algún miembro de la comisión deberá depositarlo ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Así tendrá validez legal y te aseguras de cumplir con lo que dicta la normativa.
Pero, ¿qué es el Reglamento Interno de Trabajo? En palabras sencillas, se trata de un documento que reúne todas las normas de trabajo que deben cumplir obligatoriamente empleadores y talento.
Es importante no confundirlo con el contrato de trabajo. Ya que este se centra tanto en los derechos, como en las obligaciones de los colaboradores y los empleadores. Mientras que el reglamento se enfoca en las obligaciones.
👉 Descubre en detalle qué es el Reglamento Interno de Trabajo y para qué sirve.
¿Cómo se constituyen las comisiones mixtas?
Las comisiones mixtas se constituyen mediante un acta, donde se debe detallar la creación de esas entidades y su conformación. Es decir, las personas que la integran. Una vez que toda esta información ha sido incorporada al documento, todos los integrantes deben firmarlo.
Además, es importante que el acta quede resguardada en caso de inspecciones por parte de la Secretaria de Trabajo y Previsión Social. Debido a que no se indica un criterio claro acerca de la cantidad de tiempo que este documento debe estar disponible en la empresa, la mejor solución es optar por una herramienta digital que te permita tener tus documentos resguardados en un solo lugar, todo el tiempo que desees.
Esa es la tarea que cumple un gestor documental, básicamente, ofrecerte un espacio digital para que mantengas toda la documentación relacionada al talento de tu empresa centralizada en un mismo sitio y la puedas consultar, enviar y compartir mucho más fácil.
¿Qué sanciones existen para las empresas que no constituyan comisiones mixtas?
Este es uno de los aspectos más delicados en relación a las comisiones mixtas, porque como toda obligación determinada por ley, debe cumplirse sin excepciones. De lo contrario, las empresas pueden ser blanco de las sanciones que impone la Secretaria de Trabajo y Previsión Social, luego de que la Dirección General de Inspecciones en el Trabajo verifique un incumplimiento.
¿En qué consisten estas sanciones? La forma típica de apercibimiento en estos casos son multas económicas para la compañía. Estas hoy varían de 50 a 5000 Unidades de Medida y Actualización (UMA), la cual se actualiza todos los años.
¿Qué importancia tienen las comisiones mixtas?
En principio, las comisiones mixtas son importantes para toda empresa porque son obligatorias. Es decir que si quieres garantizar el cumplimiento normativo en tu compañía debes conocer en profundidad cuáles son y cómo implementarlas.
Pero, además de lo obvio, que básicamente es cumplir con tus obligaciones como empleador para evitar sanciones y multas, las comisiones mixtas pueden ser espacios muy útiles para conseguir que las políticas de tu compañía se integren con naturalidad en el día a día del talento.
El hecho de que se conformen equipos internos para vigilar y revisar ciertos procesos o actividades de la empresa, también fomenta el espíritu colaborativo en la organización. Ya sea entre los integrantes de estas comisiones, así como en el resto del personal.
Una de las claves de la conformación de las comisiones mixtas es que los miembros que representan a los colaboradores sean elegidos democráticamente. Dado que las personas elegidas al final tendrán un rol decisivo en determinados procesos de la empresa, muchas veces esto ayuda a mejorar el compromiso del talento con la compañía.
Además, está claro que las comisiones mixtas facilitan la convivencia en las empresas al enfocarse en vigilar aspectos clave como la seguridad e higiene. De hecho, sus tareas de prevención en este campo permiten que el talento pueda desarrollarse en un ambiente laboral saludable.
Hoy, que el cuidado de la salud y el bienestar de los trabajadores es una de las grandes tendencias de Recursos Humanos, garantizar la existencia de comisiones mixtas encargadas de vigilar que esto se cumpla, es fundamental para darle el apoyo que estas iniciativas tanto necesitan.
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Mantén a tu empresa al día con la legislación laboral mexicana con ayuda Factorial
Lo que hemos visto hasta aquí sobre el trabajo que hacen las comisiones mixtas en las empresas refleja que los empleadores necesitan contar con herramientas acordes a la tarea de apoyar a estos organismos internos. Así podrán tener todo lo necesario para desarrollar su labor de la mejor manera.
Está claro que una de las principales actividades que deben realizar los patrones es facilitar la información necesaria a estas comisiones para que puedan analizar la situación actual de la empresa y tomar decisiones.
Un software de Recursos Humanos te ayuda a centralizar en un solo lugar toda la información vinculada a tus trabajadores. Al darles acceso a las comisiones mixtas a todos estos datos les ayudarás a optimizar su rendimiento al frente de estas entidades.
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