La retención del ISR en nómina es el proceso que toda empresa debe dominar. Sin embargo, no siempre es así. Detrás del cálculo de ISR hay muchas cosas que considerar, cómo tablas actualizadas y obligaciones que el SAT exige cumplir con precisión.
Cada mes, las empresas mexicanas actúan como intermediarias entre sus colaboradores y el SAT. Es decir, calculan, retienen y entregan el Impuesto Sobre la Renta (ISR) que corresponde a cada persona según su salario. Parece un trámite contable más, pero en realidad es una de las obligaciones fiscales más delicadas del área contable y de Recursos Humanos. Si se hace mal, puede generar multas o diferencias en la declaración anual; si se hace bien, garantiza confianza y cumplimiento.
En este artículo te explicamos cómo funciona este proceso, qué dice la ley, qué tablas aplican en 2025 y cómo puedes automatizar todo para evitar errores.
Qué es la retención del ISR en la nómina y cómo funciona
La retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) es el mecanismo con el que las empresas descuentan, de manera mensual o quincenal, el impuesto que cada trabajador debe pagar al Estado por los ingresos que percibe. Es decir, el patrón actúa como un intermediario entre el colaborador y el Servicio de Administración Tributaria (SAT), asegurándose de que el impuesto se calcule correctamente.
Cuando se deposita un salario, el monto que llega a la cuenta del trabajador ya incluye las deducciones correspondientes: seguridad social, aportaciones al INFONAVIT y, por supuesto, el ISR. Por eso, el salario que aparece en el recibo de nómina no siempre coincide con el monto depositado; el primero refleja el salario bruto, mientras que el segundo corresponde al salario neto, ya con las retenciones aplicadas.
El propósito de esta retención es adelantar mes a mes una parte del impuesto que se determinará en la declaración anual. De esta forma, al cierre del ejercicio fiscal, el SAT solo realiza un ajuste final: si se retuvo de más, devuelve la diferencia; si se retuvo de menos, el trabajador debe cubrirla.
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Lo que dice el SAT y la Ley del ISR
La retención del ISR no es opcional ni una cortesía con el SAT, es una obligación fiscal establecida en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y en las disposiciones que publica el propio SAT cada año. En ella se detalla que las empresas (como patrones) son responsables de calcular el impuesto que corresponde a cada trabajador, retenerlo al momento del pago y enterar al fisco dentro de los plazos marcados.
De acuerdo con los artículos 96 al 100 de la LISR, la empresa debe aplicar las tarifas vigentes según el ingreso y periodo de pago (semanal, quincenal o mensual), y reportar todo en el CFDI de nómina. Este comprobante fiscal debe reflejar con total precisión las percepciones, deducciones y el monto exacto de ISR retenido.
Lo que la LISR ley exige al patrón, incluye:
- Calcular el ISR que corresponde a cada trabajador según su ingreso y periodo de pago.
- Retener el impuesto en el momento del pago del salario.
- Enterar los importes retenidos al SAT dentro del plazo legalmente establecido (normalmente el día 17 del mes siguiente).
- Emitir el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) de nómina en el que se reflejen claramente las percepciones y deducciones, incluyendo el ISR retenido.
El SAT, por su parte, actualiza cada año las tablas de retención y publica los cambios en la Resolución Miscelánea Fiscal. Usar una versión desactualizada puede parecer insignificante, pero es una de las principales causas de errores en la nómina. A continuación te explicamos a detalle de qué trata cada tabla.
Tablas del ISR 2025: tramos y porcentajes actualizados
Para aplicar correctamente la retención del ISR en nómina necesitas usar las tablas vigentes para 2025. Estas están publicadas en el Servicio de Administración Tributaria (SAT) bajo el Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2025, dentro del documento oficial.
Es fundamental conocer las actualizaciones de estas tablas porque:
- Definen los “rangos de ingreso” para cada periodo de pago (mensual, quincenal, diario, etc.) y establecen:
- un límite inferior y superior para el salario gravable,
- una cuota fija que aplica al rango,
- un porcentaje que se aplica sobre el excedente del límite inferior.
- Usar la tabla incorrecta o desactualizada puede derivar en una retención de ISR equivocada, lo cual afecta tanto al trabajador como al patrón.
- En el documento se incluyen tarifas para distintos periodos de pago (días, quincena, mes) y distintos casos especiales.
Tablas del ISR 2025 según periodo de pago
A continuación te presentamos las tarifas publicadas por el SAT para 2025. Estas tablas deben consultarse siempre desde la fuente oficial para asegurar que el cálculo de ISR se realice con los valores actualizados.
1. Tarifa mensual del ISR 2025
| Límite inferior ($) | Límite superior ($) | Cuota fija ($) | Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior |
| 0.01 | 496.07 | 0.00 | 1.92% |
| 496.08 | 4,210.41 | 9.52 | 6.40% |
| 4,210.42 | 7,399.42 | 247.24 | 10.88% |
| 7,399.43 | 8,601.50 | 594.21 | 16.00% |
| 8,601.51 | 10,298.35 | 786.54 | 17.92% |
| 10,298.36 | 20,770.29 | 1,090.61 | 21.36% |
| 20,770.30 | 32,736.83 | 3,327.42 | 23.52% |
| 32,736.84 | 62,500.00 | 6,141.95 | 30.00% |
| 62,500.01 | 83,333.33 | 15,070.90 | 32.00% |
| 83,333.34 | 250,000.00 | 21,737.57 | 34.00% |
| 250,000.01 | En adelante | 78,404.23 | 35.00% |
Esta tabla aplica a salarios o ingresos pagados de forma mensual, y se usa como referencia para determinar los pagos provisionales a cuenta del impuesto anual.
2. Tarifa quincenal del ISR 2025
| Límite inferior ($) | Límite superior ($) | Cuota fija ($) | Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior |
| 0.01 | 368.10 | 0.00 | 1.92% |
| 368.11 | 3,124.35 | 7.05 | 6.40% |
| 3,124.36 | 5,490.75 | 183.45 | 10.88% |
| 5,490.76 | 6,382.80 | 441.00 | 16.00% |
| 6,382.81 | 7,641.90 | 583.65 | 17.92% |
| 7,641.91 | 15,412.80 | 809.25 | 21.36% |
| 15,412.81 | 24,292.65 | 2,469.15 | 23.52% |
| 24,292.66 | 46,378.50 | 4,557.75 | 30.00% |
| 46,378.51 | 61,838.10 | 11,183.40 | 32.00% |
| 61,838.11 | 185,514.30 | 16,130.55 | 34.00% |
| 185,514.31 | En adelante | 58,180.35 | 35.00% |
Esta tarifa corresponde a pagos quincenales, es decir, a los ingresos acumulados en períodos de 15 días. Su correcta aplicación depende de que el área de nómina identifique el periodo de pago de cada colaborador y use la tabla que corresponda.
¿Cómo aplicar la tabla mensual del ISR 2025?
Veamos un caso sencillo para entender cómo se utiliza la tabla mensual. Supongamos que una persona colaboradora percibe un salario mensual de $30,000 pesos. De acuerdo con la tabla mensual del ISR 2025 publicada por el SAT, este monto se ubica en el tramo comprendido entre $20,770.30 y $32,736.83, con una cuota fija de $3,327.42 y una tasa del 23.52 % sobre el excedente del límite inferior.
Así se realiza el cálculo paso a paso:
- Identifica el límite inferior del rango:
$20,770.30 - Calcula el excedente:
$30,000 − $20,770.30 = $9,229.70 - Aplica el porcentaje correspondiente al excedente:
$9,229.70 × 23.52 % = $2,169.57 - Suma la cuota fija:
$3,327.42 + $2,169.57 = $5,496.99
El ISR mensual a retener para esa persona sería aproximadamente de $5,497 pesos. Este resultado se descuenta del salario bruto para obtener el salario neto, que es el monto que efectivamente recibe en su cuenta bancaria.
Por supuesto, en la práctica los cálculos pueden variar según percepciones adicionales, deducciones o si aplica subsidio para el empleo. Si quieres revisar el procedimiento completo, con fórmulas detalladas y ejemplos adicionales, puedes consultar nuestro artículo sobre cómo calcular el ISR en México paso a paso.
Qué pasa si la retención del ISR se calcula mal
Un error en la retención del ISR puede parecer menor, pero sus efectos alcanzan tanto al trabajador como a la empresa. En una nómina, cada cálculo influye en la confianza, la transparencia y, sobre todo, en el cumplimiento fiscal.
Si se retiene de más
El colaborador termina recibiendo menos de lo que realmente le corresponde. Aunque puede recuperar el excedente en su declaración anual o pedir una devolución al SAT, el proceso implica tiempo, trámites y, especialmente, desconfianza hacia el sistema de pago de la empresa.
Cuando se retiene de menos o no se hace la retención
Aquí el problema cambia de lado:
- El SAT puede reclamar la diferencia directamente al patrón.
- Además, puede imponer multas o cargos por omisión.
- Si el error se mantiene, los CFDI de nómina pueden invalidarse, afectando deducciones y reportes contables.
En estos casos, la empresa no solo asume el costo económico, también el desgaste operativo de corregir timbrados y rehacer reportes.
Si el error viene del trabajador
A veces el origen está en datos incorrectos, por ejemplo:
- RFC mal registrado.
- Código postal que no coincide con la Constancia de Situación Fiscal.
- Información desactualizada en el CFDI.
Aunque el error sea externo, la empresa sigue siendo responsable de validar la información antes de timbrar la nómina.
Evita sanciones y trabajo doble
Se trata solo de cumplir con el SAT y también de cuidar la relación laboral. Automatizar los cálculos, mantener las tablas del SAT actualizadas y verificar los datos fiscales del personal de forma constante evita errores y libera tiempo al área de Recursos Humanos para tareas más estratégicas.
Evita errores en los cálculos y paga con total confianza. Con Factorial Nómina puedes automatizar la retención del ISR, actualizar tablas del SAT y timbrar CFDI correctos cada mes.
Te recomendamos leer: Qué es y cómo calcular la nómina ordinaria
Cómo evitar errores con un software de nómina
Calcular la retención del ISR en nómina de manera manual es sencillo, pero cuando el equipo crece los errores son cada vez más frecuentes. Es por eso que cada vez más empresas apuestan por la implementación de un software de nómina.
Estas herramientas ayudan a prevenir discrepancias al automatizar las tareas más propensas a errores. El software integral de Factorial, por ejemplo, genera una pre-nómina automatizada que calcula percepciones, deducciones y retenciones de forma preliminar, lista para revisar y validar antes del timbrado oficial.
Esta automatización de la nómina en México permite que el área de Recursos Humanos:
- Detecte inconsistencias antes de timbrar la nómina.
- Tenga todos los datos fiscales y laborales organizados en un solo lugar.
- Revise reportes detallados por persona, área o periodo.
- Ahorre tiempo y reduzca errores al momento de preparar los pagos.
Contar con una base confiable sobre la cual validar la información es lo más importante. Con una pre-nómina clara y actualizada, la empresa puede asegurarse de que los cálculos de ISR sean precisos y que el proceso de pago se realice sin contratiempos.
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5 Preguntas frecuentes sobre la retención del ISR en nómina
1. ¿Cuánto se retiene de ISR en nómina?
El porcentaje de retención del ISR en nómina depende del salario y del periodo de pago (mensual, quincenal o semanal). El SAT publica cada año tablas actualizadas con los rangos de ingreso, una cuota fija y un porcentaje aplicable al excedente.
En general, las tasas van del 1.92 % al 35 % para 2025. Cuanto mayor es el ingreso, mayor es el porcentaje de ISR que se retiene.
2. ¿Por qué me retienen ISR en mi nómina?
Porque el ISR (Impuesto sobre la Renta) es un tributo que grava los ingresos que obtienes por tu trabajo. La empresa actúa como intermediaria: calcula el impuesto correspondiente y lo retiene cada periodo de pago para entregarlo al SAT en tu nombre.
De esta forma, vas cubriendo tu obligación fiscal mes a mes y evitas pagar el monto completo hasta la declaración anual.
3. ¿Cuánto ISR me quitan de mi sueldo?
Depende de tu salario base, percepciones adicionales y deducciones. Por ejemplo, una persona con un ingreso mensual de $30,000 pesos pagará alrededor de $5,500 pesos de ISR, según las tablas del SAT 2025.
Si tus ingresos varían o recibes bonos, comisiones u horas extra, la retención puede ajustarse en cada periodo.
4. ¿Cuánto es lo normal que te retengan en la nómina?
No existe un porcentaje fijo “normal”, ya que la retención depende del nivel de ingresos y del tipo de pago. Sin embargo, en la práctica:
- Para sueldos bajos o medios, la retención suele oscilar entre el 6 % y el 15 %.
- Para ingresos más altos, puede llegar hasta el 30 % o 35 %.
Lo importante es que la empresa use las tablas del SAT vigentes y aplique correctamente la fórmula de cálculo. Si el monto te parece mayor o menor de lo esperado, puedes verificarlo con tu recibo de nómina o en la declaración anual.
5. ¿El ISR lo paga el trabajador o la empresa?
Lo paga el trabajador, pero el patrón es responsable de calcularlo, retenerlo e informar correctamente al SAT.


