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Todo sobre los riesgos laborales en tu empresa en México

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Los riesgos laborales son una de las principales causas de accidentes, enfermedades y pérdidas económicas en las empresas mexicanas. Identificarlos, clasificarlos y prevenirlos es una obligación legal establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) y una decisión estratégica que protege a las personas y a la organización.

En este artículo encontrarás la definición legal, los siete tipos de riesgos laborales según la normativa mexicana, ejemplos prácticos y las medidas de prevención que toda empresa debe implementar.

Table of Contents

  1. Datos clave
  2. ¿Qué son los riesgos laborales? Definición legal en México
  3. ¿Cómo se previenen los riesgos laborales en México?
  4. ¿Cómo se clasifican los riesgos laborales? Factores de peligro
  5. Los 7 tipos de riesgos laborales según la normativa mexicana
  6. Prevención de riesgos laborales: obligaciones del empleador en 2026
  7. Glosario: conceptos clave sobre riesgos laborales
  8. ¿Cómo garantizar la prevención de riesgos laborales en tu empresa?
  9. Utilizar un software de RR. HH. para la gestión de riesgos laborales

Datos clave

  • Los riesgos laborales son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo, según el artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo.
  • Según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), México registra un promedio de 527,802 riesgos de trabajo al año, lo que equivale a aproximadamente 1,446 accidentes laborales cada día.
  • La Organización Internacional del Trabajo (OIT) estima que cerca de tres millones de personas mueren cada año por accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo, un incremento de más del 5 % respecto a 2026.
  • La NOM-035-STPS-2026 obliga a todos los centros de trabajo en México a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, con multas que pueden oscilar entre 250 y 5,000 UMA por incumplimiento.

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Según el artículo 473 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los riesgos de trabajo son «los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo». En términos prácticos, un riesgo laboral es la posibilidad de que una condición presente en el entorno de trabajo provoque un daño físico, psicológico o económico al trabajador.

Es importante distinguir entre peligro (la fuente potencial de daño) y riesgo laboral (la probabilidad de que ese daño ocurra). La NOM-030-STPS-2026 establece que el riesgo equivale a la peligrosidad del agente multiplicada por la exposición del trabajador. Esta distinción es clave para diseñar medidas de prevención efectivas.

No todos los trabajos presentan los mismos factores de riesgo para el trabajador, ni estos factores pueden provocar daños de la misma magnitud. Todo depende del lugar y de la tarea que desempeñamos en el trabajo que realizamos.


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Por ejemplo, si soy empleado de un comercio, algunos riesgos laborales pueden ser accidentes por el contacto con fuentes de energía eléctrica, posibles robos o asaltos al local comercial, accidentes provocados por escapes e inhalaciones de gas, caídas desde escaleras, heridas por rotura de vidrios, etc.

Pero muy distinto sería si lo comparo con el trabajo de un amigo mío, por ejemplo, que se desempeña como empleado de un taller metalúrgico. Su riesgo laboral es otro, más propenso a los accidentes.

Esto es así porque, además, se considera un trabajo de “fuerza”. Se podrían sufrir quebraduras o traumatismos por contacto con metales o elementos pesados, heridas por cortes, accidentes con máquinas eléctricas (como las caladoras o las máquinas para soldar), entre otros.

¿Cómo se previenen los riesgos laborales en México?

No todas las empresas pueden seguir el mismo protocolo de seguridad. Las medidas dependen del sector y del tipo de actividad. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) establece, a través de sus normas oficiales mexicanas (NOM), los requisitos mínimos en materia de seguridad e higiene en el trabajo que toda empresa debe cumplir.

Muchas veces, por supuesto, estos accidentes pueden tratarse a tiempo o incluso evitarlos a tiempo, anticipándonos.

Anticiparse es posible si, por un lado, tenemos precauciones nosotros mismos, y, por otro lado, si tenemos un equipo de salud ocupacional o de contención en nuestro trabajo.

Es muy común que las empresas o cualquier empleador, otorgue a sus empleados un seguro de trabajo con cobertura médica. Y de pago por daños sufridos en el trabajo. Pero no siempre es así en el país.

La prevención laboral requiere también analizar y evaluar. Mediante un conjunto de técnicas, las modificaciones mecánicas, físicas, químicas, biológicas, psíquicas, sociales, etc. Que se producen en el medio laboral, con el fin de determinar en qué grado afectan a la salud del trabajador. Si positivamente o negativamente.

Acciones preventivas y correctivas

La NOM-030-STPS-2026 distingue dos tipos de acciones fundamentales para minimizar los riesgos laborales:

  • Acciones preventivas: anticipan el riesgo antes de que ocurra. Incluyen la entrega de equipo de protección personal (EPP), la capacitación continua del personal y el mantenimiento de espacios de trabajo ordenados y seguros.
  • Acciones correctivas: se aplican cuando ya se ha identificado un riesgo. Comprenden la reparación o sustitución de equipos defectuosos, la renovación del EPP y la reorganización de áreas de trabajo.

El artículo 475 Bis de la Ley Federal del Trabajo establece que el patrón es responsable de la seguridad e higiene y de la prevención de los riesgos en el trabajo, conforme a las disposiciones de la ley y las normas oficiales mexicanas aplicables.

¿Cómo se clasifican los riesgos laborales? Factores de peligro

Los factores de riesgo laboral tienen una relación o dependencia directa de las condiciones de seguridad. Estas siempre tendrán su origen en alguno de los cuatro aspectos del trabajo siguientes:

  • Organización del trabajo: carga física y/o mental, organización y planificación del trabajo, monotonía, repetitividad, ausencia de creatividad, aislamiento, participación y aportación de ideas, trabajo por turnos, etc.
  • Local de trabajo: instalaciones eléctricas, de gases, prevención de incendios, ventilación, temperaturas, etc.
  • Materias primas: materiales inflamables, productos químicos peligrosos, etc.
  • Tipo de actividad: en este factor influyen tanto los equipos de trabajo utilizados como la labor a realizar, como por ejemplo la manipulación de cargas o las posturas repetitivas.


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Los 7 tipos de riesgos laborales según la normativa mexicana

Riesgos Químicos

Son los producidos por procesos químicos y por el medio ambiente. Las enfermedades como las alergias, la asfixia o algún virus son producidas por la inhalación, absorción o ingestión. Para reducir o evitar al máximo este tipo de amenazas en el trabajo, se pueden seguir tres líneas de acción.

Por un lado, sobre el foco contaminante: sustituyendo productos, cambiando el proceso productivo o encerrando el proceso.

También se puede actuar sobre el medio con una limpieza del puesto de trabajo y ventilación por dilución.

Y la tercera línea de acción sería la de actuar sobre el trabajador directamente mediante formación, rotación de puestos, aislamiento de la exposición y uso de equipos de protección adecuados como mascarillas y guantes.

Riesgos Biológicos

Los riesgos biológicos son los producidos por la posible exposición a microorganismos: virus, bacterias, parásitos y hongos que pueden causar enfermedades. Afectan principalmente al personal de centros de salud, laboratorios y servicios de limpieza, aunque cualquier entorno de trabajo puede presentarlos.

Esencialmente su transmisión se produce por vía respiratoria, sanguínea o digestiva. Para evitar este tipo de riesgo se recomienda tener un control de las vacunas y, sobre todo, protegerse con el equipo adecuado.

Riesgos Físicos

Uno de los riesgos físicos más frecuentes es el ruido. Cuando la exposición es prolongada o supera los niveles permitidos, se activan las células ciliares del oído interno y existe riesgo de pérdida auditiva permanente. La NOM-011-STPS-2001 establece los límites máximos de exposición al ruido en centros de trabajo.

Otro riesgo físico posible es el provocado por las vibraciones producidas por todo tipo de maquinaria, ya que pueden afectar a la columna vertebral, causar dolores abdominales y digestivos, dolores de cabeza, etc.

El deslumbramiento, las sombras, la fatiga y el reflejo son factores producidos por la iluminación. Estos elementos pueden producir un accidente, por eso hay que tener cuidado con el tipo de lámparas y respetar los niveles adecuados de luz.

La temperatura y la humedad en el ambiente también pueden suponer un riesgo físico. Si son excesivamente altas o bajas pueden producir mareos o bajones de presión. Los valores ideales en el trabajo son 21 ºC y 50 % de humedad para mantener un entorno laboral favorable.

Las radiaciones ionizantes son ondas electromagnéticas que alteran el estado físico sin percibirse en el ambiente. Los efectos son graves a la larga, por lo que hay que limitar las ondas y tener un control médico.

Riesgos Psicosociales

Los riesgos psicosociales incluyen el estrés, el agotamiento, la violencia laboral y la falta de equilibrio entre la vida personal y el trabajo. De acuerdo con la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), alrededor del 40 % del personal en México presenta estrés laboral. La NOM-035-STPS-2026 obliga a todos los centros de trabajo a identificar, analizar y prevenir estos factores de forma sistemática.

La NOM-035-STPS-2026 entró en vigor en dos etapas: la primera en octubre de 2026 y la segunda en octubre de 2026. Aplica a todos los centros de trabajo en México, con obligaciones diferenciadas según el número de personas trabajadoras. El incumplimiento puede generar multas de entre 250 y 5,000 UMA (aproximadamente de $27,000 a más de $540,000 MXN).

Para su prevención, se recomienda, si no fuera posible cambiar de tarea o de horario de trabajo, realizar ejercicios que consistan en ligeros movimientos para relajar la musculatura del cuello, la espalda y los brazos.

Idealmente, se deben realizar pausas cortas de unos 10 minutos cada hora y media de trabajo. Debemos tener como mínimo un descanso de 20 minutos a partir de las 6 horas de trabajo. La estabilidad y un buen ambiente ayudan a disminuir estos riesgos.


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Riesgos Ergonómicos

Los riesgos ergonómicos son una de las principales causas de enfermedades ocupacionales en México. La NOM-036-1-STPS-2026 regula la identificación, prevención y gestión de los riesgos ergonómicos en los centros de trabajo, con especial atención a la manipulación manual de cargas y los movimientos repetitivos.

Cuando levantamos peso, la espalda debe estar completamente recta y las rodillas flexionadas. Si son trabajos físicos, antes de empezar se recomienda estirar los músculos y las articulaciones para evitar futuras lesiones.

Hay que utilizar métodos seguros en todo momento para todas las distintas actividades laborales que pueda desempeñar tu equipo: desde la carga de equipo, hasta tener una buena silla y un puesto de trabajo adaptado.

Riesgos Mecánicos

Este tipo de riesgos pueden producirse al llevar a cabo acciones que requieran utilizar herramientas de cualquier tipo.

Los accidentes que se pueden producir debido a este tipo de riesgo son aquellos en los que se producen lesiones corporales.

Estos pueden variar desde golpes por objetos proyectados o desprendidos, quemaduras, cortes, cualquier tipo de contusión, aplastamientos, etc. Suelen tener mayor problemática al llevar a cabo trabajos en altura, sobre superficies inseguras, por un mal uso de las herramientas y el uso de equipos defectuosos, entre otros.

Debemos asegurarnos siempre de revisar la maquinaria con la que trabajamos para evitar posibles incidentes.

Riesgos Ambientales

México es un país con alta exposición a fenómenos naturales: sismos, inundaciones y tormentas representan riesgos ambientales reales para los centros de trabajo. Contar con un plan de emergencia y protocolos de evacuación actualizados es una obligación que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social puede verificar en cualquier inspección.

En función de su origen también se pueden denominar riesgos naturales. Estos serían los que se manifiestan dentro de la naturaleza como la lluvia, la tempestad, las inundaciones, etc., o riesgos antropogénicos, que son los derivados de acciones o actividades humanas.

Prevención de riesgos laborales: obligaciones del empleador en 2026

Con todo, la mayoría de estos accidentes pueden evitarse. O atenuarse si tomamos una serie de precauciones que se enmarcan en el ámbito de la prevención de riesgos laborales.

De hecho, lo normal es que el riesgo laboral en la empresa esté previsto. Y que existan protocolos para prevenirlo y para actuar en caso de que se produzca algún accidente.

Pasos para implementar un programa de prevención de riesgos laborales

  1. Identificar y evaluar los riesgos presentes en cada puesto de trabajo, considerando condiciones físicas, químicas, biológicas, ergonómicas y psicosociales.
  2. Implementar medidas preventivas y correctivas: adaptar los puestos, proveer equipo de protección personal (EPP) y aplicar las NOM correspondientes.
  3. Capacitar al personal de forma continua en protocolos de seguridad, uso correcto del EPP y respuesta ante emergencias.
  4. Documentar y registrar los incidentes, las evaluaciones y las acciones tomadas. Ante una inspección de la STPS, la evidencia documental es indispensable.
  5. Revisar y actualizar los protocolos periódicamente, especialmente cuando cambien las condiciones de trabajo o la plantilla.

Según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social, México registra un promedio de 527,802 riesgos de trabajo al año. La mayoría son prevenibles con una gestión sistemática y documentada.


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Glosario: conceptos clave sobre riesgos laborales

Condiciones de trabajo

Cualquier característica del trabajo que pueda tener una influencia significativa en la generación de riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores.

Riesgo laboral

Posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.

El riesgo laboral se denominará grave o inminente. Cuando la posibilidad de que se materialice en un accidente de trabajo es alta. Y las consecuencias presumiblemente severas o importantes.

Factor de riesgo

Elemento que, estando inevitablemente presente en las condiciones de trabajo. Puede desencadenar un menoscabo en el nivel de salud del trabajador.

Los factores de riesgo tienen una relación o dependencia directa de las condiciones de seguridad. Éstas siempre tendrán su origen en alguno de los cuatro aspectos del trabajo siguientes:

  • Local de trabajo (instalaciones eléctricas, de gases, prevención de incendios, ventilación, temperaturas, etc.).
  • Organización del trabajo. Carga física y/o mental, organización y ordenación del trabajo. Monotonía, repetitividad, ausencia de creatividad, aislamiento, participación, turnicidad, etc..
  • Tipo de actividad (equipos de trabajo: ordenadores, máquinas, herramientas…, almacenamiento y manipulación de cargas, etc.).
  • Materia prima (materiales inflamables, productos químicos peligrosos, etcétera).

Salud

Estado completo de bienestar físico, psíquico y social, y no solo ausencia de enfermedad. Según el artículo 487 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores que sufran un riesgo de trabajo tienen derecho a:

  • Asistencia médica
  • Rehabilitación
  • Hospitalización
  • Medicamentos y material de curación
  • Prótesis

Daños derivados del trabajo

Enfermedades, patologías o lesiones producidas con motivo u ocasión del trabajo. Pueden ser:

  • Accidentes de trabajo.
  • Enfermedades profesionales.
  • Otras enfermedades y patologías relacionadas con el trabajo

El artículo 475 de la LFT define la enfermedad de trabajo como «todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios». En diciembre de 2026, el Congreso aprobó la adición de 88 nuevas enfermedades a la Tabla de Enfermedades de Trabajo de la LFT, con lo que se actualizó el catálogo oficial de padecimientos reconocidos.

Cómo garantizar la prevención de riesgos laborales en tu empresa?

Las distintas formas de anticipación y prevención de los riesgos laborales en tu empresa son fundamentales para garantizar el bienestar y la salud de tus colaboradores. Dota a tu equipo de las mejores herramientas.

Un buen clima laboral es parte integral de la prevención de riesgos laborales. La NOM-035-STPS-2026 es el principal mecanismo normativo para identificar y prevenir los factores de riesgo psicosocial en México. En 2026, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social intensificó las inspecciones en esta materia, por lo que contar con evidencia documental actualizada es indispensable para cualquier empresa.

Utilizar un software de RR. HH. para la gestión de riesgos laborales

La gestión documental y el control de asistencia son herramientas directamente vinculadas a la prevención de riesgos laborales. Registrar jornadas, detectar excesos de horas y centralizar los documentos de seguridad permite a los equipos de RR. HH. demostrar el cumplimiento ante una inspección de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y actuar de forma preventiva antes de que ocurra un incidente.

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También podrás crear informes personalizados sobre la asistencia de tus colaboradores. Esto te permitirá tomar decisiones basadas en datos reales. Tendrás una mejor gestión de vacaciones y ausencias, descargando informes semanales o mensuales sobre sus registros. Y de esta manera asegurar el cumplimiento de tiempos.

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Preguntas frecuentes sobre riesgos laborales

Aún te quedan dudas sobre los riesgos laborales? lee nuestra sección de preguntas relacionadas y no te quedes con la duda.

Según la Ley Federal del Trabajo, un accidente de trabajo es toda lesión orgánica o perturbación funcional producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo. Una enfermedad de trabajo es un estado patológico derivado de una causa continua originada en el trabajo. Ambos constituyen riesgos laborales reconocidos por la ley.

La NOM-035-STPS-2026 obliga a todos los centros de trabajo en México a identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial. According to Asinom, aplica sin importar el tamaño de la empresa, aunque las obligaciones específicas varían según el número de personas trabajadoras (hasta 15, de 16 a 50, o más de 50).

La normativa mexicana reconoce siete tipos de riesgos laborales: químicos, biológicos, físicos, psicosociales, ergonómicos, mecánicos y ambientales. Cada tipo requiere medidas de prevención específicas según el sector y las condiciones del centro de trabajo.

El artículo 487 de la Ley Federal del Trabajo establece que el trabajador tiene derecho a asistencia médica y quirúrgica, rehabilitación, hospitalización, medicamentos, prótesis e indemnización, según la gravedad del daño sufrido.

Los riesgos laborales son los peligros presentes en el entorno o la tarea de trabajo que pueden causar accidentes o daños a la salud del trabajador. Se clasifican en diversas categorías, como riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, mecánicos y ambientales, dependiendo de la naturaleza de la actividad.

Los siete tipos principales de riesgos laborales son: químicos (exposición a sustancias), biológicos (virus, bacterias), físicos (ruido, temperatura), psicosociales (estrés, fatiga), ergonómicos (malas posturas), mecánicos (uso de herramientas y maquinaria) y ambientales (fenómenos naturales o acciones humanas).

Aunque varían según el sector, los riesgos más comunes incluyen los ergonómicos, como malas posturas y levantamiento de peso, los psicosociales, como el estrés y la fatiga, los mecánicos por el uso de herramientas, los físicos, como el ruido o temperaturas extremas, y los biológicos por exposición a microorganismos.

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