México está cada vez más cerca de aprobar la NOM del teletrabajo. El 15 de julio la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el anteproyecto de dicha norma. Esto significa que el mismo se encuentra en la instancia de discusión pública. Se trata de un periodo durante el cual las empresas y público en general podrán dejar sus comentarios y sugerencias de cambios.
Ahora bien, ¿en qué consiste la NOM 037 de teletrabajo? ¿Cuándo se aplicaría? Y ¿Qué implicancias tiene para las empresas? De todo eso y más te contamos en este artículo.
Tabla de contenidos
¿Qué es la NOM del teletrabajo?
La NOM del teletrabajo es una de las Normas Oficiales Mexicanas. Es decir, una regulación técnica de observancia obligatoria expedida por las dependencias competentes. En este caso, cuando sea aprobada por completo será expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
El objetivo de toda NOM es fijar las condiciones mínimas que deben reunir los procesos, servicios o empleos para garantizar la seguridad de las personas. Esto, aplicado al mundo del trabajo representa la garantía de que las empresas cumplan con los requerimientos mínimos necesarios para que la fuerza laboral mexicana labore en condiciones seguras.
En el caso concreto de la NOM 037 de teletrabajo esta se aplicará exclusivamente al trabajo remoto, también llamado home office. En otros términos, se trata de la Norma Oficial Mexicana enfocada en regular las condiciones de seguridad y salud en la modalidad de teletrabajo.
La NOM 037 se sumaría así a las actuales 44 Normas Oficiales Mexicanas de seguridad y salud en el trabajo que ya están vigentes. Estas son regulaciones exclusivas para su cumplimiento en las empresas. La NOM del teletrabajo viene a ofrecer las mismas garantías de seguridad y salud laboral, pero aplicadas en un entorno distinto al centro de trabajo.
Mientras las actuales NOM vinculadas al mundo laboral se centran en prevenir accidentes y enfermedades en las organizaciones, la NOM 037 previene estos riesgos en el teletrabajo en México.
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¿En qué consiste la fase de discusión pública de la NOM 037?
Desde el 15 de julio la STPS sometió a consulta pública el proyecto de la Norma 037 de teletrabajo. Este proceso durará 60 días. Dentro de ese plazo los interesados pueden presentar sus comentarios, sugerencias y solicitudes de cambios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Para hacerlo tendrán que presentar un formato en Word a tres columnas indicando: el inciso al que se refieren; la propuesta de cambio; y la justificación técnica, económica, jurídica o de cualquier otro orden que fundamente su propuesta de modificación.
Esto podrá hacerse a través de los siguientes canales:
- En las oficinas de dicho comité, ubicado en Av. Félix Cuevas No. 301, piso 6, colonia Del Valle, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México.
- A través del teléfono 55 3067 3000, extensión 63580.
- Por correo electrónico a la dirección dgsst@stps.gob.mx.
Esta es una instancia muy útil para las empresas, puesto que, en principio, les permite familiarizarse con las obligaciones que tendrán que asumir una vez aprobado el proyecto de la NOM del teletrabajo.
En segundo lugar, es clave para analizar qué aspectos se podrían mejorar en el proyecto. Con base en ello, las organizaciones pueden enviar las sugerencias correspondientes.
La STPS recibirá los comentarios, sugerencias de cambios o eliminación de disposiciones que el público en general considere. Una vez que concluya el periodo de 60 días de esta etapa, la Autoridad Normalizadora analizará los comentarios y elaborará un proyecto de respuestas.
Cuando la propuesta de respuestas sea aprobada, se publicará la NOM-037-STPS-2022 en el Diario Oficial de la Federación.
¿Cuándo entrará en vigencia la NOM de teletrabajo STPS?
A partir de su publicación, la NOM 037 tendrá que entrar en vigor en un plazo posterior mínimo de 180 días naturales. De acuerdo a los plazos que actualmente se manejan en relación a esta norma, el periodo de consulta pública terminará a mediados de septiembre. Luego de eso, se estima que su aprobación ocurra en un plazo bastante breve.
Por lo que, a partir de allí deben contarse 6 meses más para su implantación en las empresas. De este modo, las organizaciones deberían estimar el cumplimiento de la NOM del teletrabajo durante el primer semestre del 2023.
Es clave entender los plazos que corresponden a esta Norma Oficial Mexicana porque hay muchas obligaciones que contempla la regulación técnica y solo quedan unos pocos meses para ponerlas en marcha.
Si actualmente tienes trabajadores bajo la modalidad de home office o trabajo híbrido este es el momento para comenzar a revisar qué establece la NOM 037 de teletrabajo en cuanto a riesgos laborales y obligaciones para empleadores. Te damos los detalles a continuación.
¿Qué riesgos contempla la NOM del teletrabajo?
En concreto, el anteproyecto de la NOM del teletrabajo contempla 3 tipos de riesgos laborales sobre los cuales las empresas deben tomar recaudos. Estos riesgos son por:
- Factores de riesgo ergonómico. Corresponden a aquellos riesgos que se originan cuando las actividades laborales representan movimientos, posturas o acciones que pueden producir daños en la salud del trabajador. Estos factores aumentan la probabilidad de desarrollar un trastorno musculoesquelético debido al tipo e intensidad de actividad física que se realiza en el trabajo.
- Agentes físicos. Estos son todos los riesgos de trabajo vinculados al ambiente en el que desarrolla su labor el trabajador remoto. Los riesgos de este tipo se vinculan con el ruido, vibración, radiación, temperatura o humedad, entre otros.
- Factores de riesgo psicosocial. Se refieren a las condiciones de trabajo cuando tienen una probabilidad de tener efectos lesivos sobre la salud mental y el bienestar de los trabajadores. En tanto, actúan como factores desencadenantes de la ansiedad y el estrés laboral. Por lo general, estas causas de tensión pueden alterar y desequilibrar la capacidad de la persona para manejar y responder sus responsabilidades en el trabajo.
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En el proyecto de la NOM del teletrabajo no solo se establecen cuáles son los riesgos laborales que pueden surgir al trabajar bajo esta modalidad. Además, se determinan una serie de recomendaciones para evitarlos. Veamos de qué se tratan:
¿Cómo evitar riesgos laborales por factores de riesgo ergonómico según la NOM 037?
Como vimos, en la NOM del teletrabajo se consideran los factores de riesgo ergonómico como posibles desencadenantes de riesgos de trabajo. Es decir, de enfermedades o accidentes laborales.
Debido a que estos se relacionan a la interacción del trabajador con su área de trabajo, en el proyecto de la NOM 037 de teletrabajo se establece como recomendación que las organizaciones se cercioren de que el personal dispone de un lugar que le permita sentirse cómodo para realizar sus actividades. De manera tal que se evite que la espalda, hombros o cuello acumulen tensiones.
Para ello, esa área laboral debe al menos contar con:
- Escritorio, mesa o plano de trabajo donde la persona teletrabajadora pueda apoyar cómodamente los brazos. Sin accesorios u obstáculos bajo la mesa que impidan la colocación cómoda de las piernas y sin salientes o elementos que pudieran generar un riesgo de trabajo.
- Silla ergonómica o de otro tipo, apropiada a las actividades a desarrollar.
- Aditamentos ergonómicos y posturales que apoyen el uso de ordenadores u otros dispositivos.
¿Cómo evitar riesgos laborales por agentes físicos según la NOM 037?
Según la NOM del teletrabajo, para evitar riesgos laborales provocados por agentes físicos las empresas deben asegurarse de que los trabajadores disponen de un área de trabajo que se encuentre:
- Limpia y ordenada, sin materiales, objetos o equipos no necesarios para la actividad laboral. Este se considera un principio básico de seguridad.
- Con la iluminación adecuada, ya sea por luz natural o artificial. El objetivo es evitar el deslumbramiento por la pantalla del equipo, debido al exceso de iluminación o por ubicación inadecuada o fatiga visual por iluminación deficiente.
- Una temperatura y ventilación correcta, que se perciba agradable para el tipo de actividad que realice el colaborador en su jornada laboral.
- Con un nivel de ruido adecuado que permita la concentración necesaria para trabajar.
¿Cómo evitar riesgos laborales por factores de riesgo psicosocial según la NOM 037?
Entre los distintos factores que pueden desencadenar riesgos de trabajo, los psicosociales son los más difíciles de gestionar, evaluar y controlar. Debido a que estos son innumerables y pueden provenir de múltiples componentes del trabajo, por ejemplo:
- Inadecuada comunicación.
- Expectativas poco coherentes.
- Sobrecarga en la intensidad del ritmo de trabajo.
- Horarios cambiantes e imprevisibles.
La lista podría ser interminable, sin embargo, hay algunos recaudos que la NOM del teletrabajo recomienda tomar. En este sentido, las empresas deben garantizar:
- Que los trabajadores puedan disponer de un espacio físico que les permita la privacidad necesaria cuando se encuentren en su jornada de trabajo.
- Contar con una perspectiva de género que permita conciliar el trabajo con la vida familiar y personal. Para ello, se puede incluir la posibilidad de brindar jornadas flexibles para facilitar la atención de responsabilidades familiares.
- Tener mecanismos de atención a casos de violencia familiar que afecten a la persona que realice teletrabajo desde casa.
- El respeto al derecho a la desconexión de las personas teletrabajadoras al término de la jornada laboral.
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¿Qué obligaciones establece la NOM del teletrabajo?
Las anteriores son recomendaciones para evitar riesgos de trabajo en la modalidad home office. Sin embargo, la NOM de teletrabajo STPS establece obligaciones que sí o sí deben cumplir los empleadores. Una vez que entre en vigencia esta norma las empresas con trabajadores en el esquema de trabajo remoto tendrán que acreditar las siguientes pautas:
Contar con un listado actualizado de las personas teletrabajadoras
El hecho de que estemos hablando de una NOM de teletrabajo ya nos indica que esta modalidad laboral tiene que cumplir las mismas condiciones de legalidad que el trabajo presencial. Por lo tanto, una de las obligaciones para los empleadores es crear un listado actualizado con las personas de la empresa que teletrabajan.
Este listado debe contar con la siguiente información:
- Nombre del trabajador.
- Sexo.
- Puesto de trabajo.
- Actividades a desarrollar.
- Perfil de puesto.
- Número telefónico de contacto.
- Domicilio de la persona teletrabajadora.
- El o los lugares de trabajo acordados desde donde se realizarán las actividades de teletrabajo.
Definir condiciones del lugar de trabajo de la persona teletrabajadora
Otra de las obligaciones de los empleadores según la NOM 037 de teletrabajo consiste en asegurarse de que las condiciones del lugar de trabajo del colaborador remoto sean adecuadas.
Entre otros aspectos, esto implica:
- Disponer de conectividad para el uso y manejo de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC).
- Contar con condiciones de seguridad y salud en el trabajo, haciendo énfasis en el buen estado de las instalaciones eléctricas, iluminación, ventilación y condiciones ergonómicas.
En principio, esto debe asegurarse a través de la comprobación física que realice el patrón o quien este determine. Por otro lado, la NOM de teletrabajo STPS también establece, como alternativa, que el empleador entregue a las personas teletrabajadoras una lista de verificación.
Establecer por escrito una Política de Teletrabajo
Otra de las obligaciones para los empleadores consiste en establecer una política de teletrabajo en la empresa. Esta debe:
- Promover la cultura de la prevención de riesgos laborales a través de la seguridad y salud en el trabajo en la modalidad home office.
- Instaurar mecanismos de participación en el centro de trabajo a fin de evitar el aislamiento social del trabajador.
- Indicar las reglas de contacto y supervisión para el teletrabajo, garantizando siempre el derecho a la intimidad de las personas.
- Establecer la duración del horario o la distribución de las jornadas de trabajo. Siempre que no excedan los máximos legales e incluyan el derecho a las pausas para descanso y a la desconexión al término de la jornada laboral.
- Promover la perspectiva de género y permitir la conciliación de la vida personal y laboral.
- Asegurar el trabajo digno y decente con igualdad de trato.
- Establecer el mecanismo para informar al patrón los cambios de domicilio y traslados temporales.
- Definir de manera precisa las responsabilidades y obligaciones para los patrones y los trabajadores que desempeñen sus actividades en la modalidad de teletrabajo.
- Establecer de qué forma se aplica la reversibilidad del teletrabajo sin afectar los intereses de ambas partes.
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Crear y validar la lista de verificación
Como mencionamos antes, el empleador debe entregar una lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo. Asimismo, esta tiene que estar validada a través de quien el empleador determine. Esta persona tendrá que realizar una visita al domicilio del teletrabajador, con previa autorización del mismo.
Como alternativa, la lista de verificación será entregada al colaborador remoto quien mediante las preguntas de este documento podrá conocer si cuenta o no con las condiciones de seguridad y salud adecuadas para desempeñar sus actividades en la modalidad home office.
Llegado el caso, el patrón podrá solicitar al trabajador una revisión a distancia del lugar de trabajo. Apoyándose en las herramientas de teleconferencia o similares.
Es clave entender que la validación de la lista de verificación debe ser realizada por la empresa. En otras palabras, esta no es una responsabilidad que se puede delegar en el teletrabajador. Recuerda que si las autoridades hacen una revisión y encuentran irregularidades, la sanción recaerá sobre la organización.
Documentar el proceso de implementación del teletrabajo
Otra de las obligaciones que establece la NOM del teletrabajo es la documentación del proceso de implementación de esta modalidad laboral. Esto implica registrar los siguientes aspectos:
- Forma de comunicación entre los teletrabajadores y la empresa.
- Establecer los momentos, condiciones o motivos por los que el personal asistirá al centro de trabajo.
- Indicar la forma en que se supervisará el desarrollo del home office.
- Determinar cómo se dará mantenimiento al equipo o herramientas de trabajo utilizadas para el teletrabajo.
Proporcionar al talento los elementos de trabajo
¿Qué elementos deben proporcionar las empresas a los teletrabajadores?
- Silla ergonómica o similar, acorde a las tareas a desarrollar.
- Insumos necesarios para su adecuado desempeño.
- Aditamentos que garanticen las condiciones ergonómicas y posturales del trabajador en su jornada laboral.
Brindar capacitación y adiestramiento
Los empleadores que tengan trabajadores bajo la modalidad del teletrabajo tendrán que proporcionar, al menos una vez al año, capacitación y adiestramiento a estos empleados.
Estas instancias de formación tendrán que centrarse en las condiciones de seguridad y salud que deben mantener en su lugar de trabajo.
Otras obligaciones que contempla la NOM del teletrabajo
Además de todo lo anterior, otras obligaciones que les corresponde cumplir a las empresas según la NOM del teletrabajo son:
- Modificar la modalidad de home office a trabajo presencial cuando la persona teletrabajadora le informe de alguna alteración de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo que justifique el regreso a la presencialidad.
- Dar seguimiento a los avisos de accidente de trabajo que reporten los empleados o sus familiares, cuando este se haya dado en el lugar de trabajo acordado con el patrón.
- Compartir la documentación que resulte del cumplimiento de la NOM 037 de teletrabajo a la Comisión de Seguridad e Higiene. Incluyendo, entre otros documentos, la lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo y los listados que comprueben la entrega del equipamiento a cada teletrabajador.
- Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar. Estos deben considerar, entre otras cosas, el retorno a la modalidad presencial de manera temporal o permanente.
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Ahora que ya conoces lo que establece la NOM del teletrabajo solo resta comenzar a implementar los cambios que propone la norma. ¿Cómo facilitar esta transición? Con la tecnología adecuada. Para ello, un software de RR.HH. puede ser de gran ayuda.
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