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Indemnización por muerte del trabajador según la LFT: ¿Cuánto es?

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8 minutos de lectura
Indemnización por muerte del trabajador

En el mundo mueren 3 millones de personas al año por accidentes o enfermedades laborales según la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Esto demuestra que el fallecimiento de un empleado es una circunstancia que puede presentarse en las empresas. Por eso hoy vamos a analizar qué es la indemnización por muerte del trabajador en México y qué dice la ley al respecto.

TABLA DE CONTENIDOS

¿Qué es la indemnización por muerte del trabajador?

En México la Ley Federal del Trabajo (LFT) contempla distintas indemnizaciones para los colaboradores. Esto en función de las causas que originen el fin de una relación laboral, o una modificación en los términos de esta, que repercuta negativamente en la vida del empleado.

Entre esas causales están los riesgos de trabajo, que derivan de accidentes de trabajo o enfermedades laborales. A su vez, estos pueden dar lugar a incapacidades temporales, permanentes o la muerte del trabajador.

En este último caso, dependiendo de la forma en que se produzca el fallecimiento, se origina el derecho a percibir una indemnización por muerte del trabajador para sus beneficiarios.

Entonces, la indemnización por fallecimiento de un trabajador es una suma económica a la que tienen derecho los deudos del empleado, para poder afrontar los gastos funerarios y recibir algún tipo de resarcimiento económico por la pérdida sufrida.

Por supuesto que nada reemplaza la vida del trabajador, pero la indemnización por muerte representa un respaldo económico para los seres queridos del empleado en un momento tan difícil.

👉 Conoce qué es la indemnización laboral y qué tipos hay en México.

¿Cuánto es una indemnización por muerte?

El monto de la indemnización por muerte del trabajador depende de cada caso concreto. No se puede fijar una cuantía uniforme para todos los empleados porque esto se calcula en función del salario devengado por el trabajador fallecido.

Es decir que en el cálculo se tendrá que contemplar específicamente el monto que recibía el colaborador por sus labores en la empresa, previo al accidente o enfermedad laboral que produjo su muerte.

¿Qué se paga por fallecimiento de un trabajador según la LFT?

En el Título Noveno de la Ley Federal del Trabajo se encuentran todas las normas relacionadas con los riesgos laborales. Estos son los “accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo”.

Así, en este apartado se establecen las obligaciones que tiene todo empleador en relación a los riesgos de trabajo. Por ejemplo, que el patrón es responsable de la seguridad e higiene y de la prevención de los riesgos laborales, conforme a las disposiciones de la Ley, sus reglamentos y las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) aplicables.

De la misma forma se determinan las obligaciones del empleador en el caso del fallecimiento de un colaborador. Dado que los patrones son responsables por la muerte de un empleado cuando esta se produce por un riesgo de trabajo, ya sea accidente o enfermedad laboral.

En este sentido, en el artículo 500 se establece que cuando el riesgo traiga como consecuencia la muerte o la desaparición derivada de un acto delincuencial del trabajador, el patrón deberá hacerse cargo de la indemnización correspondiente, la cual comprende:

  • Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios.
  • El pago de la cantidad que fija el artículo 502.

¿Qué dice el artículo 502 sobre la indemnización por la muerte del trabajador?

En el artículo 502 de la LFT se determina: “En caso de muerte o desaparición derivada de un acto delincuencial del trabajador, la indemnización que corresponda (…) será la cantidad equivalente al importe de cinco mil días de salario, sin deducir la indemnización que percibió el trabajador durante el tiempo en que estuvo sometido al régimen de incapacidad temporal”.

Por lo tanto, la indemnización por muerte del trabajador consiste en:

  • Dos meses de salario por concepto de gastos funerarios.
  • El pago de 5.000 días de salario.

¿Quién paga la indemnización por muerte de un trabajador?

Es importante dejar en claro que la responsabilidad de pagar una indemnización por el fallecimiento de un trabajador solo le corresponde a aquellos empleadores que al momento de la muerte no hayan registrado al colaborador en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Si el patrón tenía registrado al empleado en el IMSS solo debe proceder a entregar el finiquito correspondiente por el fin de la relación laboral. Este último debe incluir, entre otros conceptos:

  • Pago de los días que haya trabajado el empleado y que no le fueron pagados hasta el momento.
  • Días de aguinaldo correspondientes
  • Vacaciones y prima vacacional.
  • Prima por antigüedad.
  • Otros beneficios que el colaborador tenía y que estaban estipulados en su contrato.

¿Quiénes pueden reclamar la indemnización por fallecimiento del trabajador?

En el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo se establece que tienen derecho a recibir indemnización en los casos de muerte de un trabajador los siguientes beneficiarios:

  • La viuda o el viudo.
  • Los hijos menores de 18 años y los mayores de esta edad si tienen una incapacidad de 50% o más. 
  • Así como los hijos de hasta 25 años que se encuentran estudiando en algún plantel del Sistema Educativo Nacional.

Para poder acceder a este derecho, los beneficiarios pueden demandar al empleador para reclamar la indemnización correspondiente por la muerte del trabajador. Este trámite se realiza ante el Tribunal Laboral en un periodo máximo de dos años a partir de la fecha en que fallece el colaborador.

¿Cómo se calcula la indemnización por fallecimiento del trabajador?

Como ya mencionamos, la indemnización por muerte del trabajador, cuando procede, consta de 2 meses de salario en concepto de gastos funerarios y 5.000 días de salario. Así, para poder determinar cómo se calcula este monto es necesario comenzar por conocer cuál es el salario de ese colaborador.

En el caso del monto correspondiente a los meses de salario para gastos funerarios, sólo hay que multiplicar el sueldo mensual por 2. Mientras que para calcular la indemnización de 5.000 días de salario hay que dividir la suma mensual que recibía el trabajador entre 30 días. Esto da como resultado el salario diario, que luego se multiplica por 5.000.

Veamos todo esto en un ejemplo práctico de un trabajador que cobra un salario mensual de $10.000 pesos.

  • Gastos funerarios: $10.000 (salario) x 2 (meses de salario) = $20.000 pesos.
  • 5.000 días de salario: $10.000 (salario) / 30 (días del mes) = $333,33 (salario diario) x 5.000 (días de salario) = $1.666.650.

Si sumamos los dos resultados anteriores obtenemos la suma total de la indemnización por muerte de un trabajador que sería $1.686.650.

A estos montos hay que añadir los conceptos correspondientes al finiquito. Estos son: días pendientes de pago, proporcional de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional y la prima de antigüedad, que consiste en el pago de 12 días de trabajo por cada año de servicio que el empleado haya laborado en la empresa.

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¿Qué obligaciones debe cumplir el empleador en caso de muerte de un trabajador?

En primer lugar, la reforma laboral del 2019 modificó el artículo 25 de la LFT, adicionando la fracción X, donde se establece que dentro de los contratos laborales individuales se deberá incluir la designación de beneficiarios a los que refiere el artículo 501 de la ley laboral.

Precisamente, porque a estos corresponde al pago de la indemnización por muerte del trabajador, si tuviera lugar, y de los salarios y prestaciones que se adeuden a la persona trabajadora que ha perdido su vida. Por lo tanto, los empleadores deben incluir este apartado en cada contrato laboral que firmen con su personal.

Asimismo, otra de las obligaciones del patrón es comunicar al IMSS la baja por muerte del empleado dentro de los 5 días hábiles siguientes al deceso. Esto para que el Instituto pueda avanzar con la tramitación de las pensiones y el pago de prestaciones correspondientes a los familiares del trabajador fallecido.

Más allá de la indemnización, ¿qué pensiones se otorgan por muerte de un trabajador?

La indemnización aplica solo cuando el empleador no ha asegurado al trabajador, pero si el colaborador fallecido está registrado en el IMSS ¿qué pensiones pueden solicitar los beneficiarios?

En principio, los beneficiarios pueden solicitar la ayuda de gastos de funeral. Se trata de una prestación en dinero que se otorga por concepto de gastos funerarios del asegurado a un familiar de éste. El pago consiste en dos meses del salario mínimo general que rija a la fecha del fallecimiento.

Sumado a ello, hay 3 tipos de pensiones que otorga el IMSS a los familiares de un trabajador fallecido:

Pensión de viudez

La pensión de viudez se otorga a la viuda o viudo o a la persona con quien viviera en concubinato el trabajador que esté asegurado por riesgos de trabajo, invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada o vejez.

Para poder acceder a ello es requisito acreditar el vínculo matrimonial o la relación de concubinato.

Pensión de orfandad

La pensión de orfandad es un derecho para los hijos de la persona fallecida asegurada por riesgos de trabajo. La Ley del Seguro Social establece que los hijos mayores de 16 años y hasta 25 años pueden recibir esta pensión sólo si se encuentran estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional.

Para poder acceder a este beneficio se debe acreditar el vínculo filial con el asegurado fallecido, respaldar con la documentación pertinente que el hijo se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional y que no sea sujeto del Régimen Obligatorio del Seguro Social.

Pensión ascendientes

Finalmente, la pensión ascendientes se otorga al padre y a la madre que dependían económicamente del trabajador que perdió la vida, siempre que el empleado no tuviera cónyuge o hijos con derecho a la pensión.

Como en el caso anterior, para poder acceder a esta presión se debe acreditar el vínculo filial con el empleado asegurado, así como la dependencia económica con este.

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Sin embargo, más allá de estos recaudos, el fallecimiento de un colaborador es una circunstancia que puede suceder y para la que hay que estar preparados. En este sentido, un software de Recursos Humanos como Factorial puede brindarte apoyo para agilizar la gestión documental, mantener todos los documentos legales en orden y cumplir con la ley.

Sumado a ello, el sistema de nómina integrado a este tipo de software te ayuda a llevar un registro de todos los pagos que realizas a tu personal. Así como las incidencias en nómina que ocurren mes a mes. Así, tendrás centralizada toda esta información para poder agilizar los cálculos que correspondan al momento de elaborar el finiquito del trabajador fallecido.

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